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Más de 4.200 trabajadores del turismo en Magallanes contarán con mejoras laborales

De manera unánime, el Senado aprobó el proyecto de ley que adapta normas laborales al ámbito del turismo, con lo cual la iniciativa quedó en condiciones de convertirse en ley.


La nueva normativa contempla regularización en temas horarios, de propinas y otros aspectos que atañen directamente a la realidad del turismo y a los trabajadores de hoteles, restaurantes, pubs, bares, discotecas y similares.


“Es una buena noticia. Es un proyecto de ley que trabajamos por varios años, que tiene que ver con los trabajadores del ámbito del turismo, donde buscábamos regular distintas materias”, afirmó la senadora, Carolina Goic, autora de varios cambios a la iniciativa.


En tanto, el secretario regional ministerial del Trabajo y Previsión Social, Carlos Abarzúa, señaló que la iniciativa beneficiará a más de 4 mil trabajadores en Magallanes. “De acuerdo a los datos que tenemos, serán sobre 4.200 trabajadores del rubro turismo en Magallanes, quienes se verán beneficiados con esta norma y lo importante es que, una vez que salga como ley, ellos podrán pactar con sus empleadores los turnos que mejor les acomode según sus necesidades familiares y personales, además de otros temas como descanso dominical, protección a la propinas, entre otras”, puntualizó.


Por su parte, la presidenta del Sindicato de Trabajadores del Hotel Cabo de Hornos, Patricia Gómez, destacó el trabajo realizado junto a las autoridades y la senadora, Carolina Goic, para realizar algunos cambios al proyecto inicial. “La idea es buscar un punto de encuentro, donde el trabajador labore contento y, a la vez, sea productivo para la empresa”, indicó.


Cambios


Entre las mejoras a las condiciones laborales, se encuentra lo que tiene que ver con el pacto colectivo de interrupción de la jornada diaria enrestaurantes, donde se establece la posibilidad de pactar colectivamente la interrupción de la jornada diaria por más de media y hasta por cuatro horas, en tanto la suma de las horas trabajadas no sobrepase los límites semanales y diarios de 45 horas. “Las horas de interrupción no serán imputables a la jornada diaria, pero su exceso sobre media hora deberá remunerarse de común acuerdo entre las partes”, explicó Goic.


En segundo lugar, se estableció que las labores realizadas en el día anterior a un día de descanso deberán finalizar, a más tardar, a las cero horas y, que en casos justificados, tratándose de la jornada anterior a un domingo o festivo, se podrá traspasar dicho límite hasta en tres horas, las que deberían pagarse con un recargo del cien por ciento sobre el sueldo convenido para la jornada ordinaria.


El tercer cambio considera que la jornada semanal se debe distribuir de tal forma, que el trabajador cuente, a lo menos, con 29 domingos de descanso al año o con 15 domingos de descanso en seis meses, lo que no podrá considerar la prestación de servicios por más de tres domingos en forma consecutiva.


Respecto a las propinas, se estableció que cuando éstas sean canceladas mediante tarjetas de crédito, débito, cheques u otros títulos de crédito, el empleador no podrá disponer de ellas y tendrá un plazo máximo de siete días hábiles para entregarlas al trabajador.


Finalmente, respecto a los feriados irrenunciables, el proyecto amplía las excepciones a la irrenunciabilidad, agregando los “locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos”, y las “tiendas de conveniencia asociadas a establecimientos de venta de combustibles”, quienes podrán atender público en la medida que coexista la actividad de venta directa de los productos que allí se ofrecen, con la elaboración y venta de alimentos preparados, que pueden ser consumidos por el cliente en el propio local.


De todas maneras, para los trabajadores que están exceptuados de la irrenunciabilidad, se establece el derecho de estos feriados, a lo menos, una vez cada dos años respecto de un mismo empleador.


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